El presente proyecto de ley tiene por objeto disponer la suspensión transitoria de la exigencia del Código de Operaciones de Traslado o Transporte (COT), prevista en el artículo 36 bis del Código Tributario Provincial y reglamentada por la Disposición General DGR-ARCAT N.º 001/2026, hasta tanto la Provincia de Catamarca implemente un sistema tecnológico eficiente e integrado con los regímenes nacionales de facturación electrónica. A tal fin, se propone suspender temporalmente su aplicación mientras se desarrollan soluciones tecnológicas adecuadas y, al mismo tiempo, promover una revisión del régimen vigente que permita actualizar los montos mínimos de aplicación y contemplar exenciones o tratamientos diferenciales para determinadas actividades económicas o modalidades de distribución.
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