El presente proyecto de ley propone la creación de un régimen regulatorio para el turismo rodantero.
El término “turismo rodantero” refiere a aquellas actividades turísticas realizadas por personas que no se alojan en establecimientos tradicionales, como hoteles u hostales, sino que se movilizan y pernoctan en vehículos adaptados específicamente para tal fin. Se trata de una modalidad que tradicionalmente conocemos a través de las denominadas casas rodantes y que, en los últimos años, ha adquirido una creciente popularidad, dando lugar incluso a la conformación de comunidades de los llamados “rodanteros”, fortalecidas a partir de las posibilidades de interconexión que ofrecen las redes sociales.
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