Adhiérase la Provincia de Catamarca a las disposiciones de la Ley Nacional N° 22.421 de Protección y Conservación de la Fauna Silvestre y su decreto reglamentario N° 666/97, en todo cuanto no se oponga a la Ley Provincial N° 4.558 de Fauna Silvestre y demás normativa provincial vigente en la materia, prevaleciendo en todo caso la norma que otorgue mayor protección a la fauna silvestre.
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