El objeto de la presente ley es regular un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular. Asimismo, El fin de esta es ley es evitar la muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público, que se sepa la importancia de tener espacios cardioasistidos.
Un lugar cardioasisitdo es un espacio con los elementos necesarios para asistir a una persona en los primeros minutos tras un paro cardíaco por cuanto, resulta fundamental promover la instrucción básica de primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa en el nivel comunitario.