El eje central del Protocolo de Nagoya, es la protección de los Recursos Genéticos que tiene un país, provincia o lugar, así como los saberes ancestrales respecto de su utilización.
Por “Recursos Genéticos” se entiende a todo Material Genético de valor real o potencial; a su vez, el material genético es toda materia de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia.