DIPUTADOS CATAMARCA

La diputada Paola Fedeli presentó el “Proyecto de adhesión de Catamarca a Ley de Tarifas para entidades de bien público”

Las entidades de bien público actualmente en su gran mayoría están ven obstaculizado el pago de las facturas dada la escasez de recursos con la que cuentan, lo cual esta relacionado con su limitada posibilidad de recaudación de fondos puesto que están orientadas a un fin social y no a la obtención de ganancias.

El artículo 3° de la Ley 27.218 establece que los Entes Reguladores de Servicios Públicos deben incorporar en sus respectivos cuadros tarifarios la categoría “Entidad de Bien Público” e implementar una tarifa diferencial para dicha categoría. A su vez, el artículo 26° de la ley invita a los Estados Provinciales a adherir a dicha Ley y a trabajar en coordinación para implementar regímenes equivalentes.
En su artículo 4° la ley define como sujetos beneficiarios del régimen tarifario a las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan.

El beneficio económico que la ley establece para estas Entidades de Bien Público reside en que no se les podrá facturar más que la tarifa prevista para usuarios residenciales, de acuerdo al consumo. Por ello, se facturará de acuerdo a la tarifa Residencial o General, según resulte más beneficioso para el usuario de acuerdo al rango de consumo. En ningún caso, se podrá adicionar a este beneficio la incorporación de un subsidio.
El Estado debe reconocer y acompañar el accionar de estas entidades buscando articular su trabajo con el de éstas, teniendo en cuenta su función social. Poseen estas entidades un papel relevante en la vida social y económica de nuestra provincia, por lo que se hace necesario proveer el marco legal que reconozca la naturaleza específica de las organizaciones sociales que trabajan por el bien común, brindándoles un tratamiento específico.