Este proyecto tiene como objetivo la adhesión de la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional 27.553 de Recetas electrónicas o digitales, la cual estipula que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional. A su vez, contempla la utilización de plataformas de teleasistencia en salud, de conformidad con la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales y la ley 26.529 de Derechos del Paciente. Bajo la norma nacional aludida, las recetas electrónicas o digitales se aplican para toda plataforma de teleasistencia en salud que se utilice en el país.
La ley 27.553, entre otros puntos importantes, introduce modificaciones a la ley 17.132 sobre “Reglas para el ejercicio de la medicina, odontología y actividad de colaboración de las mismas”, sancionada en el año 1967, cuyo texto original estipula que las prescripciones y/o recetas deben ser manuscritas, formuladas en castellano, fechadas y firmadas (artículo 18, inciso 7°). Dichas modificaciones se orientan a incorporar la figura de las recetas electrónicas o digitales y su correspondiente regulación. Con la misma finalidad, la nueva norma establece modificaciones a las leyes 17.565 de Régimen Legal del Ejercicio de la Actividad Farmacéutica, 17.818 de Comercialización de Estupefacientes y 19.303 sobre Normas para la fabricación, comercialización, circulación y uso de sicotrópicos.
Actualmente estamos atravesando dinámicas y transformaciones sociales, tecnológicas y epidemiológicas que nos desafían a agilizar nuestras tratativas hacía políticas públicas de salud que adopten, a través de una correcta y rigurosa regulación e implementación, las tecnologías de la información y la comunicación (TICs). Como bien sabemos, a raíz de la pandemia del coronavirus COVID-19 y la consecuente emergencia sanitaria a nivel mundial en la que nos hemos visto inmersos, donde los sistemas de salud de todo el mundo se vieron forzados a adaptarse rápidamente a las nuevas TICs, las tecnologías digitales se han vuelto cada vez más determinantes en el funcionamiento y eficacia de la salud global y, por lo tanto, en sus mecanismos de gestión, articulación, cobertura, monitoreo y atención.
Por lo tanto, considerando un contexto internacional marcado por el avance y perfeccionamiento de herramientas tecnológicas y el surgimiento de desafíos en torno a la salud cada vez más complejos e imprevistos, la Provincia de Catamarca debe, a través de un buen uso de las TICs, construir un sistema de atención e información sanitaria eficiente, equitativo, interoperable, accesible y seguro que facilite la adaptación a escenarios cambiantes y pueda responder eficazmente a los retos actuales y futuros. Por ello, se considera como eje prioritario la promoción de modelos de atención y gestión ágiles y tecnológicamente modernos, siempre en complementación y seguimiento de las leyes que protegen los derechos esenciales de los y las pacientes y la protección de sus datos personales. En otras palabras, el Estado Provincial debe avanzar en el camino de la modernización tecnológica y digital de los procesos inherentes a la atención sanitaria, articulando los avances tecnológicos con las necesidades del sistema de salud, centrándose en los y las pacientes y bajo una perspectiva de derechos humanos. Es importante destacar que, para una correcta adopción de las tecnologías de la información y la comunicación, deben implementarse paralelamente medidas que garanticen la seguridad, disponibilidad, inviolabilidad, inalterabilidad, privacidad y la confidencialidad de los datos personales. Dichas medidas tendrán por objeto evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, así como detectar desviaciones de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado.