DIPUTADOS CATAMARCA

El diputado Augusto Barros presentó el proyecto de efectiva paridad de género en las representaciones- modificación de la ley N.º 3896 Partidos Políticos y la ley N.º 4628 Electoral Provincial.-

La ley de paridad de género (Ley 27412/17) tiene por objeto garantizar la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad superando barreras estructurales patriarcales que imposibilitaron históricamente que mujeres ocupen espacios de poder y decisión. La paridad política es imprescindible para que mujeres contribuyan a la toma de decisiones que afectan sus vidas, promoviendo la ejecución de políticas públicas inclusivas y con perspectiva de género que logren alcanzar la anhelada igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.
La ley de paridad de género provincial (Ley 5539/18) incorpora modificaciones a la Ley Electoral Provincial (Ley 4628/91) y la Ley Orgánica de Partidos Políticos (Ley 3894/83) a los fines de garantizar el acceso en condiciones de igualdad a la representación de candidatos como así también la representación pública, institucional y partidaria.