El presente proyecto tiene como objetivo la protección tanto de usuarios como de tatuadores y artesanos a través del dictado y puesta en vigencia de un marco normativo básico de normas de higiene y protección, a los fines de prevenir y evitar los riegos que conllevan la actividad de realización de tatuajes y/o colocación de piercings.
En nuestros tiempos es necesario tomar conciencia de la necesidad de resguardo de la salud de nuestros habitantes y, desde este lugar que ocupamos, debemos pregonarlo por ser nuestro deber. Es por ello, que someto a tratamiento y consideración de esta Honorable Cámara, el presente Proyecto de ley, con el objeto de crear conciencia en los ciudadanos de los cuidados que se deben tener a la hora de realizar tatuajes, o de colocar piercings.