La idea de que el ordenamiento jurídico incorpore un mecanismo de tutela inmediata a los fines exclusivos de evitar que se genere un daño previsible e irreparable, está presente en la doctrina desde hace tiempo, lo que ha ido motivando a la jurisprudencia a dar soluciones a partir de la adecuación y flexible interpretación de sus normas procesales. Es por ello que, diversas legislaciones provinciales, procedieron a la incorporación formal de este mecanismo de protección, bajo diversas denominaciones, y cuya finalidad inmediata es la de evitar el sufrimiento de un daño latente y de imposible reparación contrario a derecho.