Visto que con fecha 24 de diciembre de 2021, en el Boletín Oficial de la Nación se publicó la aprobación de la Ley 27.665, que fuera promulgada por el Decreto 883/21, sin ninguna observación ni veto; y donde se declara al montañismo actividad de interés deportivo, cultural y socio recreativo en todo el territorio nacional, reconociendo su influencia y aporte positivo en las tareas de exploración científicas, ambientales, educativas y de desarrollo humano.